- BASES CLÍNICAS YFISIOLÓGICAS DELDOLOR
- I. CONCEPTO DE DOLOR
- III. TIPOS DE DOLOR
- V. INTERROGATORIO DELPACIENTE CON DOLOR
- TRATAMIENTO DELDOLOR
- II. CAUSAS DE ANALGESIAINADECUADA
- III. TRATAMIENTO DELDOLOR NOCICEPTIVO
- I. ELEQUIPO DE DOLOR AGUDO
- III. RESPONSABILIDADES DELRESIDENTE
- V. MANEJO DE LAEPIDURALCONTINUA
- VII. TRAMADOL
- PROTOCOLOS DE TRATAMIENTO EN DOLOR MODERADO
- DOLOR SEVERO
- BIBLIOGRAFÍA

lunes, 17 de septiembre de 2012
♣ MANUAL DEL DOLOR POSTOPERATORIO
sábado, 15 de septiembre de 2012
martes, 11 de septiembre de 2012
♣ MAPA DE ALERTAS EN EL MUNDO, DESASTRES NATURALES
Este extraordinario mapa de
Alertas en el Mundo nos señala lo que sucede (en tiempo real) cada segundo en
temblores, huracanes, tormentas, accidentes, etc., a nivel mundial.
Solo dale click al lugar con
alguna señal de alerta y te enteras de inmediato que tipo de fenómeno, la
intensidad, etc.
Un gran aporte de los Húngaros, dicho sea de paso.
viernes, 7 de septiembre de 2012
♣ HISTORIA DE LAS IDEAS Y LA REALIDAD ¿QUÉ NOS ENSEÑAN? Cuestionario para debatir
Contribución importante de José Rouillon
Fundador del Foro Red Paulo Freire
LECTURAS DE LA REALIDAD: ¿Pensamiento y respuestas únicas
y excluyentes? ¿Por qué? ¿Qué nos enseña la historia de las ideas y de la
realidad?
¿Tenemos más preguntas que respuestas?
Cuestionario
para debatir:
¿Algunos sectores de izquierda
quedan entrampados en posiciones social.-demócratas? ¿Algunos sectores de
izquierda quedan entrampados en posiciones dogmáticas? ¿Por qué? ¿La realidad
es inmóvil? ¿El proletariado o clase trabajadora es la misma que la del siglo
XIX? ¿Qué nos muestra la realidad del sindicalismo? ¿Qué porcentaje está
sindicalizado? ¿Cómo entender, entonces, una dictadura del proletariado? ¿Qué
sería ayer una dictadura del proletariado, -cómo fue- y cómo sería hoy? ¿Quiénes
lo representarían? ¿Una burocracia de partido? ¿Qué tipo de partido? ¿Cómo
organizar y ejercer el poder?
¿Hay pensamiento único en las
izquierdas? ¿Por qué? ¿Con democracia interna o no? ¿Cuál es el camino?
¿Cómo entender socialismo y democracia? ¿Cuál socialismo? ¿Socialismo del
proletariado o socialismo burgués? ¿Puede haber o llegar a construirse un
socialismo democrático? ¿Cuál proletariado? ¿Quién-es tiene-n la propiedad del socialismo?
¿Qué nos enseña la realidad pasada y qué nos indica la realidad presente? ¿Cuáles
son los frutos históricos de las izquierdas? ¿Es necesaria la mayor unidad
posible? ¿En qué se basa la unidad? ¿Unidad en la acción y diversidad en las
ideas?
¿Algo tiene que ver la educación,
la coherencia entre principios, fines y medios en la ética de las conductas
partidarias o militantes? ¿quién es el antagónico y quiénes son los diferentes?
¿La división en mil pedazos de las izquierdas? ¿Por qué? ¿El problema está en
las cúpulas? ¿Qué n os enseña la realidad?: ¿Que debemos ser maniqueos, dogmáticos
y sectarios? ¿Que la verdad es propiedad de iluminados o del pueblo mismo? ¿Las
propuestas actuales deben ser enriquecidas?
La democracia socialista se
construye porque no cae mecánicamente del cielo ni de libros ni de élites.
¿Cuál sería nuestro socialismo?
José.
♣ ESSALUD: UN PACIENTE PARA CUIDADOS INTENSIVOS
ESSALUD:
UN PACIENTE PARA CUIDADOS INTENSIVOS
Por
Jorge Rendón Vásquez
Soy
uno de los asegurados obligatorios de ESSALUD (para los que no lo saben ESSALUD
es el Seguro Social de Salud) y me sucede lo que a la inmensa mayoría de los
más de seis millones de asegurados.
He
sido adscrito al Policlínico Carlos Alcántara, distante unos diez kilómetros de
mi casa. Cuando logro una cita para la primera atención, me señalan un médico
generalista quien, luego de una espera de horas, trata de resolver el problema
según su nivel de formación. Las estadísticas indican que un 80% de las dolencias
son transitorias y pueden ser despachadas en el primer nivel de la atención,
que es el de los médicos generalistas, una especie de tratantes
multidisciplinarios cuya calidad depende de la Universidad en la que hayan
estudiado, de su ingreso a ESSALUD por concurso y de los cursos, cursillos y
sesiones de capacitación en sus centros de trabajo en los que hayan
participado. Si estos galenos advierten que el caso está fuera de su alcance,
comienzan a escribir órdenes de análisis, exámenes por especialistas o la
atención en un hospital, y allí empieza el vía crucis para el paciente. Le dan
las citas, si es que se las dan, para varias semanas o meses después. Importa
poco la gravedad de su dolencia y su angustia (natural, por lo demás) que
aumenta a medida que pasa el tiempo. Es evidente que esta desconsideración,
rayana en el abuso, exteriorizada también como maltrato a los pacientes por
numerosos médicos y empleados administrativos, se origina en una mala voluntad
sistemática impuesta desde la cúpula, determinada, a su vez, por la
insuficiencia de los servicios de ESSALUD, desbordados de requerimientos. Si el
asegurado tiene amigos entre los médicos y directivos accede a la atención. Si
no los tiene, pues que se aguante, que para eso ha sido catalogado como un
ciudadano de segunda u otra categoría inferior.
De
allí que muchos asegurados con pensiones relativamente elevadas o con ingresos
de fuentes distintas al trabajo (procedentes de un negocio, de una propiedad,
de la profesión que siguen practicando pese a su edad, o de la ayuda de su
familia) han sido obligados a tomar uno o más seguros privados para
alcanzar la atención que ESSALUD, para el que siguen cotizando, no les
suministra.

Los
casos que el médico generalista no puede tratar directamente forman el 20% de
las consultas y abarcan, en su mayor parte, a pacientes que tienen más de
cincuenta años, edad a partir de la cual las dolencias se tornan más
complicadas, graves y duraderas, según aumenta la edad y el desgaste del
organismo. Su tratamiento es más caro y puede llegar a representar el 80% de
los ingresos de ESSALUD. Esto quiere decir que los asegurados de menos de
cincuenta años pagan los servicios de los mayores de esa edad, lo que es
normal, ya que cuando ellos pasen de este límite, su atención será pagada por
los más jóvenes. A esta compensación en el tiempo se le denomina solidaridad
intergeneracional, y es uno de los principios de la seguridad social.
¿Por qué
ESSALUD no puede cumplir eficiente y oportunamente sus funciones?
Las
causas se han superpuesto a lo largo de su historia reciente.
Cuando
fueron unificados los seguros del Obrero y del Empleado en el Régimen de
Prestaciones de Salud de la Seguridad Social por el Decreto Ley 22482, del
27/3/1979, se previó el equilibrio entre los ingresos, constituidos en su mayor
parte por las cotizaciones, y los egresos, determinados por una gama completa
de servicios de la mejor calidad. Los cálculos matemático actuariales, bien
hechos, aseguraban este equilibrio, complementado con el empuje iniciado antes
de 1975, y esta entidad funcionó durante varios años con cierta eficiencia. (El
proyecto de ese Decreto Ley y su factibilidad financiera salieron de la oficina
a mi cargo en 1974, pero no pudo ser convertido en ley en ese momento por la
resistencia del ministro de Economía y Finanzas a incluir como derecho
habientes a la esposa y a los hijos de los asegurados. El Decreto Ley 22482
confirió la calidad de derechohabientes a la esposa y a los hijos del asegurado
sólo hasta el primer año de edad.) La situación del Régimen de Prestaciones de
Salud comenzó a deteriorarse a partir de agosto de 1980 por las causas
siguientes:
1.-
El Estado, el mayor empleador del Perú, cesó de hacer los pagos que le
correspondían o los amortizaba tarde, mal y nunca, situación que no ha
cambiado. Numerosos empleadores se habituaron también a guardarse el importe de
las cotizaciones, estimulados por la renuencia de la administración del Seguro
de Salud en exigirles su pago y proceder a las ejecuciones coactivas.
2.-
La administración del Seguro Social de Salud fue convertida en un botín de los
partidos políticos en el Poder Ejecutivo. Lo sobrecargaron de personal
burocrático con sus militantes, familiares y recomendados, un gran número como
ejecutivos superfluos pero con altos sueldos. Los contratos de suministro de
bienes y servicios enriquecieron a los que financiaron la campaña política de
los partidos gobernantes. Por la experiencia internacional, los egresos por
administración no deben sobrepasar del 6% de los ingresos. En nuestro país
llegaron a más del 20%. Las pensiones, llamadas renovables, se comieron una
buena parte de los ingresos por cotizaciones, contra la Constitución (de 1979 y
de 1993) que declara esos ingresos intangibles y utilizables sólo en la
atención para la que fueron destinados por ley. (La renovación de las pensiones
pudo terminar recién con la reforma de la Constitución del 17/11/2004).

3.-
Se ha incorporado a ESSALUD como beneficiarios a varios grupos, algunos muy
numerosos, sin el sustento financiero suficiente y, encima, el Estado no le
entrega el aporte diminuto que se comprometió a pagarle.
4.-
Los inversionistas en la medicina privada, en su mayor parte médicos de
elevados ingresos, movieron cielo y tierra para impedir el desarrollo del
Seguro Social de Salud y tuvieron éxito. Coronaron su campaña durante la década
de Fujimori con la transferencia a clínicas privadas de una parte de la
atención que ESSALUD debe prestar. La vigente Ley 26790, del 15/5/1997, llamada
sarcásticamente de modernización de la seguridad social en salud, permite este
traspaso que muchos trabajadores tienen que admitir por la insuficiencia de la
infraestructura y personal asistencial de ESSALUD. La Ley indicada ha
modificado además el gobierno del Seguro Social de Salud para que sea el Estado
quien determine la composición de su Directorio y ha hecho desaparecer el
importante Comité de Vigilancia que controlaba la marcha financiera,
administrativa y asistencial.
5.-
Pese a que, por disposición de la Constitución, los aportes al Seguro Social de
Salud no son tributos, la SUNAT ha asumido su percepción y su entrega a
ESSALUD, cobrando un fuerte porcentaje. Correlativamente, por la Ley 29626, del
Presupuesto para 2011 (55ª DT), se ha conferido la autorización para sus gastos
a FONAFE (Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del
Estado) que depende del Ministerio de Economía y Finanzas, no obstante que
ESSALUD no es una empresa y que sus fondos son intangibles (Constitución, art.
12º). Con este indebido control se obstaculiza las inversiones de ESSALUD y su
desarrollo, aplicándole la lógica de la ganancia que le es extraña por
naturaleza y cuyo financiamiento se basa en el sistema de reparto, según el
cual los gastos se pagan con los ingresos previstos, dejando una reserva de
seguridad.
Por
consiguiente, el proceso de confiscación del Seguro Social de Salud, que
pertenece a los trabajadores y pensionistas, continúa.
Sigo
con cierto interés la gestión del actual Presidente del Directorio de ESSALUD,
en otros tiempos un movido dirigente estudiantil y luego un batallador
dirigente sindical de los médicos. Su trabajo, acompañado por los cantos de
sirena de la publicidad mediática, ha estado orientado, según dijo, a poner
orden y claridad en el berenjenal dejado por la administración aprista, experta
en confundir el bolsillo propio con las arcas del Estado. Me imagino que ha
sido y sigue siendo una labor tan titánica como la de Hércules cuando tuvo que
limpiar los establos de Augías repletos de suciedad, como una de las doce
tareas que le fueron encomendadas.
Sin
embargo, pese a la necesidad de lo que hace, no veo que la situación de ESSALUD
mejore para los asegurados y derechohabientes. La impresión es que administra
lo que le han dado, sin un plan de reformas. Debería haber dispuesto hace rato
un estudio matemático actuarial y haber expuesto al país la situación de los
centros de atención, de las compras importantes efectuadas, del personal
burocrático existente y sus sueldos, del personal asistencial, y de si ambos
han ingresado regularmente por concurso, de las deudas del Estado y de los
particulares, y, luego, proponer los cambios necesarios.
Soy
de la opinión que el 9% de cotización sobre las remuneraciones está desfasado
con las necesidades de la atención de salud para la población cotizante. El
primer 1% adicional debería ser dedicado a la construcción y equipamiento de
nuevos policlínicos. Hasta el primer gobierno de Belaunde, una parte de las
cotizaciones para el Seguro Social Obrero fue destinada a la construcción de
centros de atención, norma que se cumplió por los diferentes gobiernos y que
sirvió para la edificación de la red hospitalaria nacional del entonces Seguro
Social Obrero.
A
manera de corolario, me pregunto ¿si los dirigentes sindicales, y en particular
los de sus centrales, saben lo que sucede con ESSALUD o si es para ellos algo
tan raro aquí, como el Pashto, el Farsi o el Sardanapalí?
(3/9/2012)
jueves, 6 de septiembre de 2012
♣ REMUNERACIÓN DOCENTE Y LUCHAS MAGISTERIALES ¡Hay aumento salarial con la Ley de Reforma Magisterial?
Remuneración estancada suma descontentos
y el Perú crece para pocos
Por Carlos Villacorta
Valles
Sin complicaciones academicistas,
filosóficas y economicistas, frente a la convulsión mundial que vivimos y la
convulsión social del Perú en particular, me motiva estas reflexiones en voz
alta: debo decir que el problema principal y de fondo del planeta,
especialmente del Perú, son los grandes y poderosos grupos de poder económico
que dirigen las inversiones y el crecimiento. Para ello, toman el poder del
Estado cada 5 años (Perú) y acomodan a la izquierda* en este proceso.
Como si la política fuera un almacén del
olvido y refugio de delincuentes, promueven personajes que, una vez gobierno de
turno, sacan a relucir lo que son en realidad y representan y sirven a esos
grupos de poder, con sorna y desvergüenza; además porque reciben un determinado
porcentaje por cada inversión que dejan pasar.
¿Cómo te explicas entonces, que un
gobierno de turno, defienda hasta la muerte a un monopolio inversor en contra
de los propios peruanos, dueños de la riqueza?
Los medios de comunicación, pertenecientes
a esos grupos de poder, promueven tales políticas económicas, culturales y
educativas en su esencia y luego nos distraen con programas narcóticos, en dosis
masivas de alienación colectiva (por no decir embrutecimiento colectivo): desde
el mediocre fútbol, Juegos “cómicos” y del “hogar” para ellas y ellos, hasta
principalmente aventuras eróticas de mal gusto de “famosos” y famosas” y sus
problemas familiares. Desean hacernos olvidar que los conflictos sociales son
por irresponsabilidad de los propios gobernantes, de sus incumplimientos de
promesas y compromisos y la andanada del incremento de precio de los alimentos
que cada vez es más lastimoso...
Se dan el lujo extremo derechista de
definir cuánto vamos a ganar los trabajadores, sin afectar sus ganancias. Con
diversas argucias y palabritas llamativas “modernas” como “meritocracia”,
“competitividad”, “calidad”, nos hacen pelear entre trabajadores, con nosotros
mismos; mientras ellos se pelean por quién gana más y paga menos impuestos
posibles; con ellos no va la “meritocracia”, cambian sus personajes de acuerdo
a la ocasión; convierten “derecha” en “izquierda”; “izquierda” en “derecha” y
fabrican “terroristas” a granel. Así también, con sutiles promesas incumplidas,
van acumulando frustraciones populares y hacerlas reventar en el momento
preciso que necesitan de los conflictos sociales.
Es pues de esta manera que los
trabajadores y los pueblos excluidos, pueden soportar décadas de frustraciones,
hambre y miseria, controlados en su mente y sus sentimientos, sembrados de ese
pesimismo artificial, para tener siempre miedo. Autoconversaba filosóficamente
y coincidía plenamente, en la necesidad de demoler con esta situación engañosa
social fabricada, donde nos hacen no ver lo que estamos viendo: grupos de poder
que nos crean ilusiones. Visto así, con toda claridad, me tengo que convertir
en autogobernante y tomar el control de mi vida, dejar de ser sólo individuo y
convertirme en sujeto colectivo, capaz de luchar por la transformación social
con lealtad y transparencia. No más obediencia ciega.
Es mi mayor deseo, para los conflictos
sociales hoy levantados en huelgas, movilizaciones y toma de calles, que hasta
estos derechos están penalizados. Que podamos ver con claridad que, esas cifras
maravillosas del crecimiento económico y esos miles de millones de dólares
guardados por el Estado en la “Caja Fiscal”, que sirven sólo a los grupos de
poder, nos indignen y nos hagan protestar con infinita mayoría como somos y
podamos flexibilizar los salarios estancados con voz de aumento para todos los
trabajadores activos, cesantes y jubilados.
Deben entonces ser atendidos en su
integridad los trabajadores y pueblos excluidos, empezando por los que están en
conflicto activo y, sin entrar en detalles de cada conflicto, quiero referirme
al del magisterio como profesor que soy.
¿Por qué la mejora
económica, social y profesional de los profesores siempre ha sido mezquinada?
Sencillamente porque, el sistema educativo
capitalista que vivimos, representa los intereses de esos grupos de poder y, no
les interesa el sistema educativo público (estatal); ellos tienen sus propias
escuelas capitalistas; lo que quieren es por el contrario, adecuar el sistema
público al privado, por eso la Ley del profesorado N° 24029, que recoge algunas
bonificaciones de lucha magisterial, nunca fue financiada; de las tres que
están en debate actual es la mejor con todas sus limitaciones y carencias. Por
eso también pretende ser derogada por la Ley de Reforma Magisterial del
Ejecutivo, que es copia fiel de la Ley de Carrera Pública N° 29062, que no lo
toma en cuenta para mejorar al magisterio, sino para desaparecer y mutilar sus
bonificaciones que están contenidas en la tal 24029: Desaparece por ejemplo el
porcentaje por preparación de clases, se quita una remuneración por tiempo de
servicio (ART. 54); por luto y sepelio (ART. 58), desaparece la estabilidad
laboral y es cambiada por un sistema de contratos típicamente característico del sistema privado, etc. Con este
sistema legal del profesorado, lo único que se va a lograr es que la educación
pública baje peor su calidad, porque se estructura a los profesores condiciones
de trabajo más difíciles, una “meritocracia” oportunista e individualista de
broncas masivas por ascender, distracción que se suma a los existentes de otros
trabajos para sobrevivir. En cambio, la enseñanza privada es favorecida y es la
única que va a conocer mejoras y un auge mayor. Una forma sutil de transferir
al mercado la educación, junto a sus profesores y alumnos. Una especial forma
privatista.
Los famosos aumentos magisteriales del que
tanto hablan que viene con la ley, es falso de toda falsedad, sólo están
referidos al ascenso de nivel que ahora van a ser ocho, hecho que no favorece
al profesor, porque sólo le aumentan años para llegar al último nivel que ahora
sólo es 20 años de duración y con los ocho niveles pasa a 30 largos años;
además con este ascenso de nivel típicamente privado, con porcentajes de
profesores para ascender, están creando élites de profesores favorecidos y, lo
que es peor, privilegiados por los grupos de poder y gobierno de turno, que
accederán a esos puestos por coima, amiguismo y politiquería barata, que es característica
principal en el mando y gobierno del país. Finalmente el aumento también es
mínimo para los privilegiados, más sólo serán niveles de obediencia. Por eso la
gran batalla de los maestros por la vigencia de la Ley 24029. Comprensible su
indignación y protesta. Los maestros se merecen todo.
En semejante situación
¿Acaso los maestros tienen otra posibilidad que no sea el de luchar para
defender sus derechos?
El pueblo lo debe conocer, los padres de
familia lo deben conocer, los propios profesores lo deben conocer. Nadie apoya
lo que no conoce ¿Qué esperan para
hacerlo conocer?
------------------------
*El proceso histórico social ha dividido
al mundo y a las clases sociales en pugna, en dos grandes bloques políticos:
izquierda que representa al pueblo y derecha que representa a los grupos de
poder. El año 1789, después de la sangrienta revolución burguesa francesa,
se reconoció a la reunión de los 3 Estados existentes como Asamblea Nacional,
en dicha Asamblea los grupos de poder (Nobleza, clero y burguesía del I y II Estado)
se sentaban a la derecha y, los Comunes, del III Estado (pueblo, obreros, campesinos,
pequeña burguesía) a la izquierda. Y como es lógico, cada quien defendía su
posición en los debates.
♣ INTERCULTURALIDAD Y CONSULTA PREVIA A LOS PUEBLOS ORIGINARIOS
Enviado por Ciudadano
X el Cambio.
PERÚ: DIEZ PREGUNTAS
AL VICEMINISTRO DE INTERCULTURALIDAD
Por Instituto de
Defensa Legal-Equipo profesional de Área de Pueblos Indigensa
A propósito de
la primera consulta previa sobre suscripción de contrato petrolero del lote 1AB
Luego conocer la decisión del Gobierno de realizar el primer proceso de consulta previa de la licitación del Lote petrolero 1AB, luego de 17 años de espera, toda vez que el Convenio 169 de la OIT, que reconoce este derecho entró en vigencia -y era exigible- desde febrero del año 1995, queremos plantearle once preguntas al Viceministerio de Interculturalidad, que expresan preocupaciones del Instituto de Defensa Legal.
Formulamos estas
inquietudes con el ánimo de contribuir a que este proceso se haga de la mejor
manera, es decir, en estricto cumplimiento del marco normativo vigente. Y lo
hacemos, en coherencia con los cuestionamientos que en su momento hemos
expresado, contra la ley de consulta previa (1) y su reglamento (2), con la
finalidad de ajustar su contenido a los estándares vinculantes establecidos en
el Convenio 169 de la OIT y en su desarrollo jurisprudencial realizado por la
Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y por el Tribunal
Constitucional (TC).
Si bien algunas
preguntas caen en el terreno del sector Energía y Minas y del Ambiente,
estimamos que el Viceministerio de Interculturalidad, en tanto órgano técnico
especializado en materia de pueblos indígenas, tiene una voz y una opinión, si
estas materias afectan o inciden directamente en los derechos de los pueblos
indígenas. En otras palabras, corresponde al Viceministerio de
Interculturalidad, exigir a los otros sectores, adecuen sus procedimientos a lo
establecido en el Convenio 169 de la OIT y a los demás estándares establecidos
en el derecho internacional de los derechos humanos.
1.- ¿Cuándo se
difundirá la base datos de pueblos indígenas y la guía metodológica para la
realización de los procesos de consulta?
Nos preocupa la poca
información que existe sobre este primer proceso de consulta, más allá de la
nota de prensa publicada (3) a pesar que este es un proceso piloto que sentará
precedentes. Un proceso de tanta importancia, debe ser realizado de la manera
más transparente y abierta posible, no solo bajo la mirada de la opinión
pública en general, sino para los otros pueblos indígenas.
En ese sentido,
queremos preguntarle al Viceministro de Interculturalidad, ¿Cuándo se difundirá
la base datos de pueblos indígenas y la guía metodológica para la realización
de los procesos de consulta?, ¿Se puede realizar un proceso de consulta sin
estos dos instrumentos?

La difusión de ambos
es fundamental para saber quiénes son los pueblos indígenas que serán
consultados y los distintos pasos que deberán seguir el proceso de consulta.
Resulta sorprendente que se anuncie un proceso cuando estas dos herramientas
aún no han sido presentadas. Su difusión otorga mayor transparencia al proceso
de consulta que se quiere iniciar, y evita suspicacias.
2. ¿Se
consultará a las comunidades nativas “colindantes”?
Según el comunicado de
la PCM se consultará a las comunidades indígenas de las cuencas de los ríos
Pastaza, Corrientes y Tigres, en la Región Loreto , sin embargo, no queda claro
si se consultará a las comunidades colindantes que serán afectadas
directamente, teniendo en cuenta que el TC ha señalado en jurisprudencia
vinculante que “cuando el Convenio se refiere a los “pueblos interesados”, tal
categoría comprende no sólo a las comunidades directamente afectadas o establecidas
en los territorios objeto de explotación y/o exploración, sino que también
involucra a las comunidades colindantes, a sus organizaciones, y desde luego, a
sus autoridades más representativas”. (STC Nº 06316-2008-PA/TC, f.j. 17).
3.- ¿Puede el
Viceministro de Interculturalidad actuar como segunda instancia administrativa
cuando ya emitió opinión técnica en primera instancia?
El Viceministerio de
Interculturalidad estaría cumpliendo dos funciones en nuestra opinión
contradictorias, pues por un lado emite opiniones técnicas en primera instancia
(artículo 19.d de la Ley de Consulta) y por otro lado cumple funciones de
segunda instancia administrativa (3 párrafo del artículo 9 de la Ley de
Consulta).
Si ya adelantó opinión
técnica en primera instancia, el Viceministerio de Interculturalidad no será
una autoridad imparcial en segunda instancia, violándose una garantía
fundamental del debido proceso aplicable al campo administrativo (debido
procedimiento). La consecuencia sería que cualquier decisión del Viceministerio
sería fácilmente cuestionada y entrampada a través de un proceso de amparo y
una medida cautelar.
4.- ¿Se
consultaran las adjudicaciones de lotes petroleros anteriores a la promulgación
de la Ley de Consulta?
Teniendo en cuenta que
según aproximadamente el 80% del territorio de la Amazonía tiene adjudicación
petrolera, ¿cuál es la validez de las concesiones petroleras emitidas luego de
febrero de 1995 y antes de la promulgación de la ley de consulta? Considerando
que los derechos constitucionales en general, y el derecho a la consulta previa
de rango constitucional, no solo son derechos subjetivos de las personas, sino
que obligaciones jurídicas objetivas del Estado, de conformidad con el artículo
44 de la Constitución que precisa que la razón de ser del Estado es garantizar
la protección de derechos, ¿cómo compatibilizar esta obligación del Estado con
sus declaraciones en diferentes medios en el sentido que la consulta de la
adjudicación de lotes petroleros, solo será posible si los pueblos indígenas lo
demandan a través de un proceso jurisdiccional? Eso significa que si los
pueblos indígenas no demandan el cumplimiento de este derecho, el Estado se
cruzara de brazos y los derechos quedaran en la indefensión.
5.- ¿Algún
órgano del Estado vigila “efectiva” y “sistemáticamente” que las empresas
petroleras no viertan aguas residuales en los ríos?
Varios –son- los
graves impactos ambientales que generan la explotación petrolera en los pueblos
indígenas: derrames de petróleo, quema de petróleo, residuos sólidos, sísmica
que ahuyenta a los animales, sin embargo, el que más daño hace junto con los derrames,
es el vertimiento de aguas residuales con metales pesados en los ríos
amazónicos, donde los pueblos indígenas buscan alimento y utilizan para sus
actividades diarias.
Teniendo en cuenta
aquello, y más allá de lo establecido en las normas, ¿hay algún ente del Estado
que haga monitoreo “efectivo” y “sistemático” de la prohibición de realizar
estos vertimientos de aguas residuales, a efectos de evaluar si se están
reinyectando las aguas residuales en los pozos?
6.- ¿Cómo se
respetará el derecho de los pueblos indígenas al consentimiento en los casos
establecidos en el derecho internacional de los derechos humanos (DIDH)?
El DIDH ha establecido
que en determinados supuestos, no basta con la consulta, sino que ademásel
Estado debe obtener el consentimiento de los pueblos indígenas. Esto ha
sido reconocido en el artículo 16 del Convenio 169 de la OIT y en el artículo
10 de la Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Pueblos
Indígenas (DNUDPI), en los supuestos reconocidos en los artículos 29 y 30 de la
DNUDPI , recogidos posteriormente por la sétima disposición complementaria,
transitoria y final del Reglamento de la Ley de Consulta, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 001-2012-MC.
Y finalmente, en los
supuestos establecidos en la sentencia Saramaka de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (Párrafo 134), la cual precisa que “cuando se trate de planes
de desarrollo o de inversión a gran escala que tendrían un mayor impacto dentro
del territorio Saramaka, el Estado tiene la obligación, no sólo de
consultar a los Saramakas, sino también debe obtener el consentimiento libre,
informado y previo de éstos, según sus costumbres y tradiciones. La Corte
considera que la diferencia entre “consulta” y “consentimiento” en este
contexto requiere de mayor análisis”.
Añade la Corte IDH ,
que esta obligación de obtener el consentimiento es exigible al Estado en los
siguientes supuestos: “la pérdida de territorios y tierra tradicional, el
desalojo, la migración y el posible reasentamiento, agotamiento de recursos
necesarios para la subsistencia física y cultural, la destrucción y
contaminación del ambiente tradicional, la desorganización social y
comunitaria, los negativos impactos sanitarios y nutricionales de larga
duración [y], en algunos casos, abuso y violencia”. (Párrafo 135)
7.- ¿Cómo se
cumplirá con el derecho de los pueblos indígenas a beneficiarse de la
explotación de los recursos naturales en sus territorios?
Este derecho de rango
constitucional no solo está reconocido en el art. 15.2 del Convenio 169 de la
OIT y ha sido recogido en la décima disposición complementaria, transitoria y
final del Reglamento de la Ley de Consulta, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 001-2012-MC, sino que en jurisprudencia vinculante, la Corte IDH ha
señalado el cumplimiento de este derecho es un requisito para la explotación de
recursos naturales en territorios de pueblos indígenas. Según la sentencia
en el Caso Saramaka, “el Estado debe garantizar que los miembros del pueblo
Saramaka se beneficien razonablemente del plan que se lleve a cabo dentro de su
territorio”. (Párrafo 129).
8.- ¿Se puede
hacer consulta sin previo conocimiento del EIA?
Teniendo que el
Estudio de Impacto Ambiental (EIA) en materia hidrocarburífera se realiza luego
de la firma del contrato petrolero, nuestra pregunta es sobre la base de qué
información los pueblos indígenas evaluarán el “real” impacto de dicha
actividad en sus territorios, si tenemos en consideración que el EIA es la
herramienta idónea para conocer los impactos de dicha actividad en las
comunidades nativas afectadas. En otras palabras, de qué manera se va a
respetar el “derecho de conocer los impactos que tendrán las tareas de
prospección y explotación”(4).
Formulamos esta
inquietud de conformidad con la jurisprudencia vinculante del Tribunal
Constitucional, que precisa que se afecta el contenido constitucional protegido
del derecho a la consulta cuando se intenta realizar esta, “sin que la
información relevante haya sido entregada al pueblo indígena” (STC
00022-2009-PI, f.j. 39). En otra sentencia, el TC precisa que “la consulta debe
realizarse antes de emprender cualquier proyecto relevante que pudiera afectar
la salud de la comunidad nativa o su hábitat natural. Para ello debe
brindársele la información relativa al tipo de recurso a explotar, las áreas de
explotación, informes sobre impacto ambiental, además de las posibles empresas
que podrían efectuar la explotación del recurso” (STC Nº 03343-2007-PA/TC, f.j.
35).
Como señala la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en su jurisprudencia vinculante,
“El Estado, asimismo, debe asegurarse que los miembros del pueblo Saramaka
tengan conocimiento de los posibles riesgos, incluido los riesgos ambientales y
de salubridad, a fin de que acepten el plan de desarrollo o inversión propuesto
con conocimiento y de forma voluntaria” (Caso Saramaka, párr. 133).
9.- ¿Evaluaran
los EIA en materia hidrocarburífera el impacto social, cultural y espiritual en
los pueblos indígenas exigido por el artículo 7.3 del Convenio 169 de la OIT?
Esto es fundamental
toda vez que para los pueblos indígenas “la tierra no constituye un mero bien
económico, sino un elemento fundamental con componentes de carácter espiritual,
cultural, social, etc. En sus tierras los pueblos indígenas desarrollan sus conocimientos,
prácticas de sustento, creencias, formas de vida tradicionales que transmiten
de generación en generación.
El Tribunal valora la
relación especial de los pueblos indígenas con sus tierras y pone de relieve la
acentuada interrelación del derecho a la propiedad comunal con otros derechos,
tales como la vida, integridad, identidad cultural, libertad de religión” (STC
00024-2009-PI, f.j. 18).
De igual manera, ¿se
realizarán los EIA “en coordinación” con los pueblos indígenas, tal como lo
exige el artículo 7.3 del Convenio 169 de la OIT ?, y por último, ¿Se
consultaran los EIA con los pueblos indígenas? No queda claro si se va a
consultar la realización de cada uno de los Estudios de Impacto Ambiental
correspondientes a cada etapa del proceso hidrocarburífero, teniendo en cuenta
que esta decisión afecta a los pueblos indígenas.
10.- ¿La forma
de aprobar los EIA garantiza independencia e imparcialidad de estos?
Teniendo en cuenta que
la Corte IDH en la sentencia vinculante (5) recaída en el Caso Saramaka
establece como condición para la realización de actividades extractivas en
territorio de pueblos indígenas que “el Estado debe garantizar que no se
emitirá ninguna concesión dentro del territorio Saramaka a menos y hasta que
entidades independientes y técnicamente capaces, bajo la supervisión del
Estado, realicen un estudio previo de impacto social y ambiental” (párrafo 129),
¿Hasta qué punto el EIA en materia hidrocarburífera son confiables, y la
información ahí contenida veraz, si sabemos que la empresa petrolera contrata y
paga a la empresa privada encargada de elabora estos, y lo aprueba el
Ministerio de Energía y Minas, que al mismo tiempo promueve la explotación
hidrocarburífera. El proyecto de creación del Servicio Nacional de
Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), de
aprobarse, ¿evaluará los EIA en materia hidrocarburífera del lote 1AB, teniendo
en cuenta que se ha informado que esté entrará en funcionamiento de manera
gradual?
Notas:
(1) Ver esta
(2) Ver nuestro
informe
(3) Ver
pronunciamiento de la
(4) Los derechos de
los Pueblos Indígenas y Tribales en la práctica –son- una guía sobre el
convenio número 169 de la OIT programa para promover el convenio número 169 de
la OIT (pro 169). Departamento de Normas Internacionales del Trabajo, Lima,
2009, pág. 108.
(5) Artículo V del
Título Preliminar del Código Procesal Constitucional (Ley Nº 28237).
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