domingo, 20 de noviembre de 2011

♣ PUENTE VEHICULAR ¨MOTILONES¨ EN COMPÁS DE ESPERA (Otro incumplimiento de entrega de obras

César Galjuf
10 noviembre 2011

PUENTE VEHICULAR ¨MOTILONES¨ EN COMPÁS DE ESPERA

La edificación de un puente vehicular sobre el rio Mayo -que enlace la ciudad de Moyobamba con la planicie denominada ¨Motilones¨- es un largo anhelo esperado por la población de ambas márgenes, no solo para facilitar el traslado de personas y vehículos sino por el enorme potencial agrícola, ganadero, turístico, etc. que representa la planicie.
 El Gobierno Regional, a través del Programa Especial Alto Mayo, ha asumido el reto para hacer realidad este anhelo. Luego de cumplir con los trámites burocráticos y elaborar el proyecto respectivo, suscribió un contrato con la Empresa ¨Consorcio Moyobamba¨ (agrupación de tres compañías) para su ejecución, fijando como fecha de culminación de la obra el 9 de noviembre del 2011. Como ya es costumbre en estos casos, en esta oportunidad tampoco se ha cumplido con lo programado. Para empezar, la fecha de entrega ha sido diferida para el 8 de enero del 2012.

Un caso emblemático sobre incumplimiento de entrega de obra -de estas últimas décadas- es nada menos que el famoso TREN ELÉCTRICO DE LIMA. Hace unos años, un amigo del cual ya solo tengo su recuerdo, refiriéndose a esta obra manifestaba que “era el único tren del mundo que iba a ninguna parte”. Revisemos algunos datos al respecto : proyectado para unir Villa el Salvador con el Cercado de Lima (21 kilómetros), los trabajos de edificación se iniciaron hace 25 años (primer gobierno del Apra) y aún no se concluyen, inicialmente se destinaron 226 millones de dólares para su ejecución y luego de años de paralización se reiniciaron los trabajos el 2010 con un presupuesto adicional de US$ 540 millones de dólares, el servicio se iniciará con 5 trenes de la década del 80 del siglo pasado. Esta obra ha sido inaugurada oficialmente en dos oportunidades: 28 de abril de 1990 y 11 de junio del 2010, meses antes de que los apristas culminen su primer y segundo gobierno. Un último informe de la Contraloría General de la República señala que tiene riesgos en sus estructuras.

Destinar recursos públicos -para la edificación de obras de infraestructura- requiere ceñirse a normas legales, que obligan a las entidades que contratan, a los supervisores y al contratista. Lamentablemente sola las primeras la cumplen cabalmente y los otros la escabullen con complicidad de algunos funcionarios. Veamos lo que exige algunos de éstos dispositivos legales: Ley de Contrataciones del Estado.- Artículo 4

b) Principio de Moralidad: Todos los actos referidos a los procesos de contratación de las Entidades estarán sujetos a las reglas de honradez, veracidad, intangibilidad, justicia y probidad.

f) Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio y plazos de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia.

Lamentablemente, todo ello es letra muerta y la entidad contratante no las hace cumplir con el claro afán de favorecer al contratista. Apropósito, veamos lo que vine sucediendo con el puente Motilones:  la obra se presupuestó en S/ 16 884 808.00 y el contrato se suscribió por S/18 404 440.00 nuevos soles (una diferencia de S/ 1 519 632.00 que representa un incremento del 8.26%); hacia fines de agosto la obra tenía un avance del 46% y se habría hecho un desembolso cercano al 88%; además, se hizo entrega por concepto de ADICIONALES la suma de S/1 104 226.00 nuevos soles; se ha suscrito un acta acordando paralizar la obra, dizque por motivos del clima y otra donde el Gobierno Regional se compromete contratar y solventar los servicios de un profesional ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS para facilitar el avance de la obra, etc. Al ritmo como se viene trabajando todo nos hace suponer que llegaremos al 8 de enero del 2012 y la obra seguirá en ejecución.  

Es evidente que el retraso en el avance de la obra es de exclusiva RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA sin embargo -los funcionarios del PEAM y los Supervisores- en vez de apelar a los mecanismos contenidos en el contrato, para exigir se cumpla lo pactado, permanentemente le lanzan salvavidas a la empresa contratista.  



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